Circular nº 40

ACTUALIDAD JURÍDICA BANCARIA DE INTERÉS

Cláusulas Suelo. Retroactividad. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concedido la retroactividad total de la devolución de las cantidades cobradas en exceso, condenando a la banca a su devolución íntegra STJUE de 21/12/2016. Los Tribunales españoles ya han comenzado a aplicar la sentencia de las cláusulas suelo, tras las demandas presentadas.

Devolución costes de la escritura. La Sentencia del Tribunal Supremo 322/2015 de  23/09/2015, declara que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco.

Para conseguir la nulidad de cualquiera de las cláusulas anteriormente mencionadas, así como su devolución deberá acudir a los Juzgados españoles, demandando ante estos la inaplicabilidad de las cláusulas contenidas en el contrato.

Para ello, y para más información pueden ponerse en contacto con el servicio de HFC LEGAL, en el 942310962 o en hfclegal@inforpymes.com

 

 

Santander 20 Febrero de 2017