¿PODRAN LAS EMPRESAS EN DIFICULTADES ACCEDER A FUTURAS AYUDAS DEL GOBIERNO?

24 de febrero de 2021

Últimamente la prensa económica, y también la generalista, está hablando con frecuencia de las empresa “Zombies”.  Todo por culpa de este persistente virus que está llevándose por delante vidas y haciendas.

Y se menciona tanto en la prensa porque, desgraciadamente, miles de empresas que accedieron a una financiación adicional mediante la asunción de créditos COVID y, no lo olvidemos, para suscribirlos debían ser empresas viables antes del inicio de la pandemia, se han convertido en muertos vivientes. No han podido resistir la pandemia y están abocadas al cierre.

Pero también hay empresas en dificultades que en cuánto pase la pandemia tienen posibilidades de sobrevivir y, por tanto, también posibilidades de acceder a las nuevas prórrogas de carencia y plazo de los préstamos COVID y a las eventuales ayudas directas que actualmente se está planteando el gobierno.

LO PRIMERO QUE TIENE QUE PLATEARSE EL EMPRESARIO INDIVIDUAL O SOCIETARIO ES LA VIABILIDAD DE SU NEGOCIO.

El empresario debe realizar un profundo estudio sobre la situación actual y futura de su negocio. Un estudio riguroso de su viabilidad se hace imprescindible. Le permitirá anticipar las decisiones necesarias para la supervivencia de la empresa. Quizás sea necesario replantease el modelo de negocio, quizá reestructurar la deuda, quizás reestructurar su personal, quizás ahorrar costes mediante una mejor organización y digitalización, quizás vender parte de sus activos…o quizás todo lo anterior y más.

Si se consigue transformar un negocio en dificultades en un negocio solvente la empresa tendrá más posibilidades de acceder a las eventuales ayudas que están por llegar.

HFC Grupo está a su disposición para ayudarle en este proceso.

SI EL NEGOCIO ESTÁ MUERTO, SI LA EMPRESA ES INSOLVENTE, EL EMPRESARIO DEBE PLANTEAR EL CONCURSO.

Si desgraciadamente el negocio no es viable, si no puede atender regularmente sus obligaciones de pago, el empresario (societario o autónomo) tiene el deber de solicitar el concurso de acreedores o, al menos, el preconcurso de acreedores.

Si bien es cierto que actualmente rige una moratoria sobre la obligación de presentar concurso de acreedores hasta el 14 de marzo de 2021, lo cierto es que esta moratoria no impide la interposición del concurso voluntario y además, posiblemente, a partir de esa fecha, se produzca una avalancha de concursos en los juzgados de lo mercantil de toda España.

En todo caso, el empresario debe tener en cuenta que la no interposición de un concurso o preconcurso de acreedores cuando se dan los supuestos contenidos en la ley, podría dar lugar a una responsabilidad sobre las deudas impagadas desde que se conoció esa situación.

Se hace necesario un análisis realista de la situación de la empresa insolvente para conseguir una salida ordenada de la situación con el menor perjuicio posible a los acreedores del negocio y al propio empresario.

 

Santander 23 de febrero de 2020

Etiquetas:

Compartir: LinkedIn Email