¿HA DISMINUIDO EL VALOR DE TU CARTERA DE NEGOCIACIÓN?

2 de mayo de 2017

¿HA DISMINUIDO EL VALOR DE TU CARTERA DE NEGOCIACIÓN? CONOCE LAS ÚLTIMAS NOVEDADES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Si tu empresa tiene una cartera de negociación y durante los últimos años se ha visto obligada a contabilizar pérdidas por deterioro de su valor, debes prestar mucha atención a las últimas novedades fiscales y evaluar su impacto en la cuenta de resultados; sólo así evitarás comprometer la situación económica y financiera de la empresa.

En primer lugar, como punto de partida, debemos preguntarnos ¿cómo afectan las últimas novedades del Impuesto sobre Sociedades a la cartera de negociación? Para explicarlo vamos a suponer el siguiente caso práctico:

  • La Sociedad ABC compra -a través de una Sociedad de Valores- 2.500 acciones de una Sociedad Cotizada en Bolsa
  • La operación se formalizó el 20 de junio de 2010

En nuestro supuesto el importe por el que podían ser intercambiadas las 2.500 acciones en el mercado bursátil, esto es, su “valor razonable”, no ha dejado de disminuir que desde el mismo momento en el que se realizó la compra. Además, la Sociedad ABC se ha visto obligada a contabilizar año a año las correcciones valorativas oportunas por deterioro de valor de la cartera de negociación.

Entonces, como consecuencia de estas dos premisas ¿qué implicaciones tendrían para la Sociedad ABC las últimas novedades fiscales del Impuesto sobre Sociedades?

  1. Reversión obligatoria de las pérdidas por deterioro de cartera deducidas antes del ejercicio 2013
  2. Imposibilidad de deducir las pérdidas por disminución del valor razonable de la cartera de negociación

A partir de ahí, ¿cómo afectan las mencionadas implicaciones fiscales a la cuenta de resultados de la Sociedad?

  • La Sociedad ABC deberá devolver al fisco las deducciones por deterioro del valor de la cartera de negociación liquidadas antes del 1 de enero de 2013 y contabilizar en la cuenta de resultados la pérdida:

*Por partes iguales en un plazo de 5 años a partir de 2016

*Con independencia de que se haya recuperado el valor de la cartera

*En el caso de que se produzca una recuperación del valor de la cartera, se integrará en la base imponible el ingreso por la reversión del deterioro de valor y, en su caso, si quedase deterioro, la pérdida se adicionará a la base imponible en los ejercicios que resten hasta el 2020

  • A partir del 2017 la Sociedad ABC no podrá deducirse los deterioros de valor de la cartera de negociación

En definitiva, la Sociedad ABC podrá contabilizar en su cuenta de resultados las pérdidas por la devolución de las mencionadas deducciones en cinco años hasta 2020 y sin tener que reconocer toda la pérdida en el ejercicio 2016, lo que amortiguará el impacto en la cuenta de resultados.

Fernando Lainz

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